El Gobierno de Jujuy, a través de un decreto firmado por el gobernador Carlos Sadir, oficializó la declaración de la emergencia energética y tarifaria en todo el territorio provincial. La medida, de carácter excepcional, se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027 y tiene como objetivo central proteger a las familias jujeñas, garantizar la estabilidad de los servicios esenciales y amortiguar el impacto del complejo contexto económico en los bolsillos de la población.
A través de esta normativa, el Poder Ejecutivo facultó a la Secretaría de Energía y a la Superintendencia de Servicios Públicos (SUSEPU) para readecuar los mecanismos regulatorios y contractuales vigentes, instrumentando un paquete de alivios concretos tanto para el servicio de energía eléctrica como para el de agua potable.
¿Qué beneficios y protecciones otorga a los usuarios residenciales?
La declaración de emergencia establece un marco de protección directa, especialmente enfocado en los usuarios residenciales de menor consumo (Categoría T1 – menos de 5 Kw), fijando condiciones más flexibles ante eventuales situaciones de mora:
- Suspensión de cortes por falta de pago: La empresa prestadora no podrá interrumpir el suministro eléctrico sino hasta que se cumplan 20 días corridos de mora en la segunda factura consecutiva impaga.
- Resguardo del medidor: Se prohíbe el retiro del equipo de medición hasta tanto transcurran 60 días posteriores a la fecha en que se haya efectuado el corte efectivo del servicio.
- Cero intereses punitorios: Queda expresamente prohibido el cobro de intereses punitorios sobre las facturas de energía eléctrica que entren en mora durante todo el período que dure la emergencia.
Ratificación de subsidios, Tarifa Social y medidas para el agua potable
Por otra parte, la provincia garantizó la continuidad de los esquemas de asistencia económica para los sectores más vulnerables y las regiones de mayor rigurosidad climática:
- Ley Puna: Se ratificó la vigencia del subsidio del 50% dispuesto por la Ley 4.773 para los pobladores de la región.
- Tarifa Social: Mantiene su plena vigencia (Decreto 8675), cubriendo el 100% del Cargo Fijo y el 25% del Cargo por Uso de Red. Además, se lanzará una campaña intensiva de reempadronamiento para sumar a nuevos beneficiarios.
- Alivio en el servicio de agua: Se prohibió a Agua Potable de Jujuy el cobro de intereses punitorios a usuarios con consumos mensuales menores a 30 m³ y a quienes estén vinculados a grifos comunitarios. Asimismo, la empresa EJESA podrá incluir en sus planes de refinanciación las deudas contraídas con la firma estatal de agua para facilitar la regularización de las familias.
Con estas disposiciones, supervisadas de manera directa por la SUSEPU como organismo de contralor, la provincia busca llevar previsibilidad y resguardar el acceso a los servicios básicos en todo el territorio jujeño.
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