Por disposición del Gobierno Nacional (Resolución 4/2026) tras no alcanzarse un acuerdo entre gremios y empresarios en el Consejo del Salario, desde el 1° de octubre comenzó a regir el nuevo piso del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Para los trabajadores mensualizados a jornada completa, el ingreso básico se fijó en $391.200, mientras que para el personal jornalizado la hora mínima pasó a $1.956.
El decreto fijó un esquema de incrementos escalonados que se extenderá hasta abril de 2027:
- Noviembre 2026: $398.800 ($1.994 por hora).
- Diciembre 2026: $406.400 ($2.032 por hora).
- Enero 2027: $414.200.
- Febrero 2027: $422.000.
- Marzo 2027: $429.600.
- Abril 2027: $437.000 ($2.185 por hora).
Impacto directo en prestaciones sociales y topes de acceso
La suba del piso salarial recalculó los límites de ingresos para el cobro de diversos programas estatales:
- Prestación por Desempleo: Se calcula sobre el 75 % de la mejor remuneración, pero queda atada al SMVM. En octubre, el piso mínimo pasa a $195.600 (50 % del SMVM) y el tope máximo alcanza los $391.200 (100 % del SMVM).
- Becas Progresar: El límite de ingresos familiares para poder solicitar o mantener la beca (3 SMVM) se elevó a $1.173.600.
- Vouchers Educativos: El tope de ingresos del grupo familiar (7 SMVM) subió a $2.738.400.
- Programa Hogar: El límite general para recibir el subsidio a la garrafa (2 SMVM) pasó a $782.400 (o $1.173.600 si hay un familiar con CUD).
Por el contrario, la normativa aclaró que este ajuste no genera aumentos automáticos en la AUH, jubilaciones, pensiones ni asignaciones familiares de ANSES, ya que dichos beneficios se rigen de manera independiente por la fórmula de movilidad atada a la inflación (IPC).
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